Durante las misas dominicales en los templos donde hay más de un sacerdote,
es normal ver cómo mientras uno de ellos celebra la Eucaristía, otro se
encuentra en el confesionario recibiendo a los fieles para administrar el
sacramento de penitencia. Pero, ¿está
permitido hacer eso?
Sobre esta cuestión existen entre los sacerdotes diversas opiniones, tanto
en contra como a favor. Pero la
Iglesia, a través de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de
los Sacramentos, en el año 2001 respondió de manera oficial. Lo hizo
citando la Instrucción Eucharisticum mysterium publicada el 25
de mayo de 1967 que refiere en su numeral 35: “Se procure encarecidamente
que los fieles se acostumbren a acudir al sacramento de la Penitencia fuera de
la celebración de la Misa, sobre todo en las horas señaladas, de tal manera que
su celebración se haga con tranquilidad y con verdadera utilidad de los mismos
y no sean estorbados en la participación activa de la misa”.
Ahora bien, esta disposición no prohíbe a los sacerdotes administrar este
sacramento en el momento que ellos deseen y crean necesario, sino que sólo se les aconseja animar a sus fieles a
acercarse al sacramento fuera de la celebración Eucarística.
Así lo confirma en párrafos posteriores de la citada contestación: “Por
otro lado, esta norma en ningún modo prohíbe a los sacerdotes, aparte del que
celebra esa Santa Misa, oír las confesiones de los fieles que lo deseen,
también en el tiempo de la celebración de la Misa”.
Al contrario, en razón del desinterés que actualmente existe entre algunos
fieles de no acudir a este sacramento, con mayor razón se exhorta a los sacerdotes a que promuevan y
favorezcan la participación frecuente de la confesión.
Por lo que termina exponiendo: […] “es lícito, durante las Misas solemnes,
recibir confesiones, cada vez que se prevé que los fieles pedirán este
ministerio. Si se organiza una concelebración, encarecidamente se ruega que
algunos sacerdotes se abstengan de la concelebración, de modo que puedan estar
disponibles a los fieles que quieran acudir al sacramento de la Penitencia”.
De modo que queda claro que no está prohibido impartir este sacramento al
tiempo que se lleva a cabo la celebración Eucarística. Al contrario, se invita a que haya sacerdotes dispuestos a
recibir a los fieles que deseen confesarse durante la Misa. Así lo
recomienda San Juan Pablo II en su Carta Apostólica Misericordia Dei en
su número dos: “En particular, se recomienda la presencia visible de los confesores en
los lugares de culto durante los horarios previstos, la adecuación de estos
horarios a la situación real de los penitentes y la especial disponibilidad
para confesar antes de las Misas y también, para atender a las necesidades de
los fieles, durante la celebración de la Santa Misa, si hay otros sacerdotes
disponibles”. DARM
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