La normativa tiene por objeto promover el uso
responsable de antibióticos desde un enfoque integral y multidisciplinario.
En cumplimiento con la Ley 27.680 de Prevención y
Control de la Resistencia a los Antimicrobianos, promulgada el 24 de agosto,
desde el 1° de septiembre la dispensa de los mismos será ‘bajo receta
archivada’. Esto significa que quien prescriba un antimicrobiano (antibiótico,
antiviral, antifúngico, antiparasitario) deberá entregar al paciente la receta
original y una copia o duplicado para que una de ellas quede archivada en la
farmacia en la que será dispensado. Además, se deberá incorporar en la prescripción
el diagnóstico por el cual se indica su uso.
En la receta -ya sea manuscrita, electrónica o digital- debe constar la
siguiente información: nombre, apellido, profesión, número de matrícula,
domicilio, número telefónico y correo electrónico, según corresponda, del
prescriptor.
La ley 27.680 tiene el enfoque integral de ‘Una Salud’, que implica el
abordaje de la Resistencia Antimicrobiana (RAM) como problema de salud pública
desde las diferentes disciplinas de las ciencias médicas, veterinarias y
medioambientales con la participación de todos los sectores y actores
involucrados, con un enfoque multidisciplinario como es la génesis de su
problemática y a partir de la necesidad de alcanzar un mejor manejo y control.
El objeto de la normativa es establecer desde una ley de orden público
los mecanismos necesarios para promover la prevención y el control de la RAM en
el territorio nacional. Asimismo, le otorga fuerza de ley a la creación del
Plan Nacional de Acción para la Prevención y Control de la Resistencia Antimicrobiana
y a la Comisión Nacional de Control de la Resistencia Antimicrobiana (CONACRA)
como organismo interdisciplinario e interministerial de asesoramiento técnico a
los fines de brindar recomendaciones sobre estrategias para promover la
prevención y el control de esta problemática. BP
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