Es
desconcertante constatar cómo se insiste en desconocer que, al estar comprobada
científicamente la existencia de una nueva vida humana desde el primer instante
de la concepción, no existe acto de mayor discriminación y de violencia que
decidir quién nace y quién no.
En
efecto, poco después de la flagrante demostración del rechazo del pueblo
argentino al proyecto de ley de aborto voluntario -manifestada en masivas concentraciones
en todo el territorio nacional- y de la derrota en el Senado Nacional de su
pretendida legalización, Infoabe (30 de octubre ppdo.) nos
informa que la ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y
Tecnología) acaba de autorizar la venta en farmacias, bajo receta archivada, de
la droga misoprostol, que por primera vez se podrá adquirir para la
interrupción del embarazo en los casos que contempla la ley. (Disposición
946/2018)
La ANMAT ha confirmado que
Laboratorio Domínguez, titular del producto Misop 200 ug, es el autorizado para
fabricar el medicamento que podrá ser distribuida exclusivamente en hospitales
y los ginecólogos la
podrán recetar a sus pacientes en el consultorio cuando consideren que la mujer
está bajo alguna de las circunstancias que prevé la Interrupción Legal del
Embarazo (ILE).
El misoprostol produce maduración
cervical, dilatación y reblandecimiento del cuello uterino, disminuyendo la
cantidad de fibra de colágeno y permitiendo que se intercale entre ellas una mayor
cantidad de agua. Además, y de forma consecutiva, el misoprostol aumenta la
frecuencia y la intensidad de las contracciones del músculo liso uterino, de forma que las fibras se orientan en el sentido
de la tensión ejercida sobre ellas, facilitando así la expulsión del contenido
del útero. (1)
Estas propiedades del misoprostol
permiten su utilización en la maduración cervical previa a una histeroscopía, o
en otros procedimientos ginecológicos que requieran acceder a la cavidad
uterina en la inducción del parto, en la prevención o tratamiento de la
hemorragia posparto, o en la interrupción del embarazo en las condiciones
establecidas por la legislación vigente en nuestro país.
“Es
una decisión que traerá sin dudas repercusiones polémicas y me atrevería a decir
que incluso escandalosas ya que esto llega dos meses después que el Congreso
rechazará la legalización del aborto”, concluyó Peretta. (Cfr. Infobae,
Martes 30 de octubre)
(1) Destacamos la expresión “contenido del útero” para referirse a un niño por nacer, al que debería serle garantizado
el derecho a la vida que se le niega por las más variadas razones para
someterlo a una muerte cruelmente dolorosa, sin ni siquiera darle la opción de
ser adoptado por tantas madres que lo querrían como a un hijo propio y lo
harían feliz. PHO
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